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La jueza de las absoluciones peligrosas

Por:

Sonia Suyón
Publicado el:
LA JUEZA DE LAS ABSOLUCIONES PELIGROSAS

La reincorporada jueza Enma Benavides Vargas, hermana de la exfiscal de la Nación, no sólo absolvió a rankeados narcotraficantes, sino también a numerosos terroristas y otros tantos procesados por lavado de activos, entre estos últimos se cuenta al ex alcalde de Pucallpa, Luis Valdez Villacorta

Después de 14 meses de destitución, Enma Benavides Vargas, la hermana de la exfiscal de la Nación, ya se encuentra despachando desde hace más de 30 días en la Corte Superior de Justicia de Lima, como presidenta de la Décima Sala Liquidadora, instancia que ve casos emblemáticos de narcotráfico, lavado de activos, corrupción y crimen organizado. Otra vez sopa. Como se sabe, su retorno se cristalizó gracias a las diligentes gestiones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) presidida por un maltratador de mujeres, con sentencia firme, y a la presta actuación de la presidenta de la Corte Superior de Lima, Miluska Cano, que acató la orden de reponerla.

Enma Benavides es investigada actualmente por el fiscal supremo Alcides Chinchay por presuntamente haber absuelto a narcotraficantes de alto vuelo a cambio de jugosas coimas. Pero eso no es todo, hay más sombras sobre las decisiones judiciales de la hermana de la exfiscal de la Nación, cuando era parte del Colegiado “E” de la Sala Penal Nacional, junto a los jueces superiores Pablo Ilave y María Apaza.

Hasta ahora no se sabía el papel que cumplió la mayor del clan Benavides Vargas en la absolución de confesos terroristas y procesados por lavado de activos. En Pista Clave se lo contamos con detalles.

Luis Valdez Villacorta

Entre los casos de procesados por lavado de activos que la jueza Enma absolvió, hay algunos que resultan realmente escandalosos como el del ex alcalde de Pucallpa Luis Valdez Villacorta, a quien la policía le había probado un desbalance patrimonial de más de 30 millones de soles. En agosto de 2019 la Sala que integraba Enma Benavides absolvió a Valdez Villacorta del delito de lavado de activos del narcotráfico. La hermana de la ex fiscal de la Nación fue la directora de debate del caso, es decir la ponente y autora del sentido del fallo. “En el Caso de Valdez hubo bastante evidencia, pero al final terminaron absolviéndolo”, afirma Sonia Medina, la respetada Procuradora pública en casos de narcotráfico y lavado de activos. Recuerda así esos años de absoluciones a granel por parte de la jueza Enma Benavides. “Le voy a decir que la mayoría de casos en los que participó Benavides absolviendo ya sea por tráfico o por lavado de activos, sintomáticamente ella siempre estaba en la Sala de todos los casos de lavados de activos. Si no era ponente presidía y si no presidía, era ponente”.

Sonia Medina, Ex procuradora Pública Antidrogas.

Dos años después de que Enma Benavides absolviera a Valdez Villacorta, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia anuló esta sentencia que favorecía al exalcalde de Pucallpa y ordenó que se realizara un nuevo juicio en su contra. En su resolución de nulidad, el Tribunal Supremo determinó que los jueces que absolvieron a Valdez se apartaron sin la debida motivación de los precedentes vinculantes que establecen la independencia del delito de lavado de activos respecto al ilícito que generó los supuestos recursos económicos que fueron blanqueados.

Corte Suprema anula absolución de Luis Valdez y ordena nuevo juicio.

Para refrescar la memoria, Valdez Villacorta estuvo vinculado a la incautación de media tonelada de cocaína con destino a Guatemala, en el 2003 y a la confiscación de 176 kilos de droga en Holanda en el 2008. Lo impresionante es que manejó millonarias sumas de dinero en cuentas blanqueadas en el BCP, a través de sus empresas de fachada, Industrial Ucayali, Triplay Enchapes, Cervecería Amazónica, Técnica de Ensamblaje y Universal Import. Valdez fue detenido por primera vez por el delito de Lavado de Activos en el 2008.

La Corte Suprema también llamó la atención de Enma y de los otros dos jueces por no valorar la prueba indiciaria existente. Es decir, no valoraron que Valdez Villacorta había sido investigado por el delito de tráfico ilícito de drogas. Los vocales supremos cuestionaron además que los jueces superiores no realizaron un debate pericial sobre el desbalance patrimonial del procesado. Es decir, no hicieron su trabajo.

Otro caso emblemático de absolución por parte de Enma Benavides es el del exgeneral Rafael Hoyos de Vinatea, procesado por el delito de lavado de activos y corrupción de funcionarios. El 7 de agosto de 2017 la Sala que integraba Benavides Vargas emitió la sentencia absolutoria, declarando de oficio “fundada” la excepción de naturaleza de acción a favor de Rafael Hoyos de Vinatea y, en consecuencia, declararon extinguida la acción penal en su contra y lo absolvieron. Igualmente absolvieron a Rosario Bimbi Tudela y Rafael Vega Bimbi de los cargos como cómplices del delito de lavado de activos en agravio del Estado. Los hechos imputados se referían a actos de conversión y transferencia como adquisición de activos, apertura de cuentas bancarias y fondos mutuos. Actos ilícitos efectuados con dinero proveniente de la corrupción perpetrada por el mismo Hoyos de Vinatea en tiempos en que era general de división del Ejército Peruano y como tal responsable de la obra “Mejoramiento y rehabilitación de la carretera Cabana”.

Tras el benevolente fallo de Enma Benavides y de los otros dos magistrados, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, el 17 de octubre de 2018, declaró nula esa sentencia absolutoria y ordenó que otro colegiado de jueces realice un nuevo juicio. En efecto, una vez que el caso estuvo en manos de distintos magistrados, el sentido de la sentencia cambió por completo. Así, el 15 de junio de 2021 los jueces superiores Martínez Castro, Contreras Cuzcano y Angulo Morales de la Primera Sala Penal Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen organizado condenaron a Hoyos de Vinatea a 6 años de pena privativa de la libertad, inhabilitación para el ejercicio de cargo público y al pago de 500 mil soles por concepto de reparación civil.

El ex general Rafael Hoyos de Vinatea fue absuelto del delito de lavado de activos por la Sala de Enma Benavides. La Corte Suprema anuló el fallo y ordenó un nuevo juicio con otro colegiado que finalmente lo condenó a 6 años de prisión.

Y así como estos casos son muchos más. La procuradora Medina recuerda que remitió a la anterior Junta Nacional de Justicia más de 100 sentencias absolutorias a procesados por narcotráfico y lavado de activos, donde Enma Benavides había participado.

Sonia Medina, Ex procuradora Pública Antidrogas.

Y si los erráticos fallos de Benavides Vargas en materia de lavado de activos resultan escandalosos, hay que ver lo que hizo en asuntos de terrorismo en agravio del Estado.

También absolvió a terroristas

En el año 2017 Enma Benavides integraba el Colegiado “E” de la ex Sala Penal Nacional. Sólo en este año la productividad de esta Sala arrojó que de los 13 juicios orales por el delito de terrorismo que aquel año resolvió Benavides junto los magistrados Ilave e Ipaza, diez culminaron con sentencias absolutorias y tres con condena, de los cuales dos fueron por conclusión anticipada y uno con voto en mayoría. De las diez absoluciones resueltas por Benavides y compañía, siete fueron declaradas nulas por la Corte Suprema y estas causas tuvieron que volver a ser juzgadas por otras salas superiores. Esta información fue alcanzada por el procurador en casos de terrorismo, Milko Ruiz a la anterior Junta Nacional de Justicia (JNJ), información que tuvo un peso gravitante en la destitución de Enma Benavides Vargas hace casi un año y medio.

Entre los casos más emblemáticos de absolución de terroristas, en los que Benavides Vargas participó como directora de debates, tenemos el caso de Andrés Oscco Aspur, alias “Roberto”, terrorista convicto y confeso. El 25 de enero de 2017 el colegiado “E” de la Sala Penal Superior y presidido por Enma Benavides dictó una sentencia absolutoria a favor de Oscco Aspur. El camarada “Roberto” había sido recapturado en Chungui, La Mar, Ayacucho, el 23 de julio de 2016, por agentes de inteligencia del VRAEM. Entre sus actividades terroristas se contaban que en el 2007 había participado en el ataque a la comisaría de Ocobamba, en Chincheros (Cusco) y había abatido a cinco policías. En su boletín de noviembre de 2007, la Defensoría del Pueblo se refería así a alias “Roberto”, citando informes de algunos medios: “Andrés Oscco Aspur es un experimentado mando militar que ha convertido el VRAE en su centro de operaciones, desde donde se desplaza para atacar a las fuerzas de seguridad, especialmente en Ayacucho, Huancavelica y Apurímac. La Dirección Nacional contra el terrorismo, cree que Oscco sería parte de la campaña terrorista que ha cobrado la vida de cinco policías”. Sobre este terrorista también la Corte Suprema se había referido en el 2004 calificándolo como un peligroso terrorista convicto y confeso.

El 23 de julio de 2016 agentes de inteligencia del VRAEM capturaron al camarada “Roberto”, Andrés Oscco Aspur, terrorista convicto y confeso. El 25 de enero de 2017, el colegiado E de la Sala Penal Superior presidido por Enma Benavides lo absolvió.

El diario El Comercio y La República, por su parte, reseñaban también por esos años la trayectoria consumada como terrorista del camarada “Roberto”.

Todos al parecer estaban al tanto del trajinar terrorista de “alias Roberto” y había pruebas por todos lados, pero la señora Enma Benavides que lo investigaba y debía impartir justicia en este caso, como directora de debates del colegiado E de la Sala Penal Nacional propuso su absolución y, en efecto, fue absuelto del delito de terrorismo.

La Sala Penal de la Corte Suprema declaró nula la sentencia por la falta de valoración de elementos de prueba relevantes para el caso y ordenó un nuevo juicio oral. Pero para entonces camarada “Roberto” ya había fugado.

El de Camarada “Roberto” es sólo un botón de muestra de cómo fue el patrón de conducta de Enma Benavides como directora de debates en los años en que “administró” justicia en esa Sala Penal Superior. Fueron decenas las sentencias absolutorias a terroristas que luego la Corte Suprema terminaba anulando. A continuación, algunos casos:

-Caso alias “Papujo” o “Huracán (Expediente No 00448-2008-0-4001-JR-PE-04) El Colegiado “E” que integraba Enma Benavides, emitió sentencia del 20 de mayo de 2014 y absolvió a los reos en cárcel Lizzeth Rada Flores y Clavel Lino Simón y al no habido Silverio Lino Simón, acusados por la utilización del tráfico ilícito de drogas (TID) para financiar actividades terroristas. Mediante el recurso de nulidad no 26-2015 del 27 de diciembre de 2016, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema declaró nula la sentencia absolutoria firmada por Benavides Vargas, y ordenó un nuevo juicio oral.

-Expediente No 00134-2009.0-5001-JR-PE-03. Enma Benavides y sus compañeros de Sala emitieron sentencia absolutoria del 6 de febrero de 2014 favor de los reos en cárcel Teodolofo Rojas Luciano, Mansueto Asencio Monroy, Aurelio Rodríguez Ortiz, Víctor Teodoro Amancio y los reos libres Carlos Rodríguez Castillo, Walter Artimidoro Díaz Rufino, Wilder Clever Venancio, entre otros, acusados del delito de terrorismo en agravio del Estado. La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema declaró nula la sentencia hecha por Benavides y compañía, mediante el recurso de nulidad No 3064-2014-Lima, del 5 de octubre de 2016. Ordenó un nuevo juicio oral a cargo de otro colegiado.

-Expediente No 00137-2012-0- 5001-JR-PE-01. El 22 de julio de 2016, otra vez Enma Benavides y sus colegas de Sala emitieron una sentencia absolutoria a favor de Jack Rider Martín Gómez, Silver Jhoan Bautista Olivares, Antonio Rafael Meza Pulgar, Toribio Anatacio Quito, Lener Maldonado Vásquez, Cuarto Chujandama Pinedo y Mariano, por el delito de afiliación a una organización terrorista. Otra vez la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema declaró nula la referida sentencia el 12 de julio de 2018, ordenándose nuevo juicio oral a cargo de otro colegiado.

Entre los argumentos que mencionaba el tribunal supremo para declarar la nulidad de las sentencias absolutorias firmadas por Enma Benavides y sus colegas, fue que la Sala Superior no efectuaba la debida apreciación de los hechos ni compulsaba de manera adecuada los medios probatorios, tampoco realizaba diligencias importantes ni observaba la jurisprudencia vinculante de la Corte Suprema, entre otros.

Ineptitud que, por supuesto, pasaba factura al Estado, al sistema de justicia y a la seguridad del país.

Y hay más ejemplos de los muchos recursos de nulidad que emitió la Corte Suprema contra las sentencias absolutorias dictadas por Enma Benavides y compañía y que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) anterior tomó en cuenta a la hora de destituir a la mayor de las hermanas Benavides Vargas.

Recurso de Nulidad No 1423-2017 Lima emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema formulada contra la sentencia del 2 de mayo de 2017, emitida por el Colegiado E que resolvió absolver al encausado Jorge Luis Pinzón Monja del delito de tráfico ilegal de armas en agravio del Estado. Se declaró nula la sentencia porque dicha Sala no efectuó la debida apreciación de los hechos ni valoración de las pruebas. Se ordenó nuevo juicio oral a cargo de otro colegiado, pero el imputado no apareció.

Recurso de nulidad 446-2018 Lima emitido por la Sala Penal Permanente de la CS el 6 de noviembre de 2018, contra la sentencia del 11 de diciembre de 2017 que resolvió absolver al encausado Russel Fasabi Izquierdo del delito de afiliación a una organización terrorista en agravio del Estado. Se declaró nula la sentencia “porque dicha Sala se limitó a transcribir el contenido de las declaraciones respecto a incidentes de los testigos de cargo”. Se ordenó un nuevo juicio oral donde se deberá analizar las versiones de los testigos y colaboradores eficaces.

Sanciones de la OCMA contra Benavides

La jueza Enma Benavides ha sido repuesta en su cargo de jueza sin tomar en cuenta la retahíla de cuestionamientos a su trabajo, que demuestran la falta de idoneidad y capacidad para administrar justicia. La mayor de las hermanas Benavides Vargas había sido objeto de sanciones por parte de la OCMA, precisamente por no motivar adecuadamente las resoluciones respecto a procesos penales por el delito de terrorismo.

A través de dos resoluciones de fecha 7 y 14 de noviembre de 2016, respectivamente, se declaró la responsabilidad disciplinaria de los magistrados Lorenzo Pablo Ilave García, Enma Rosaura Benavides Vargas y María Luisa Apaza Panuera, como integrantes del colegiado “E” y se les impuso una multa de hasta el 10% de sus haberes mensuales. En una tercera investigación No 237-2015, la Corte Suprema por resolución del 23 de enero de 2017 se les impuso la medida de multa del 5% de sus haberes mensuales.

El 25 de enero de 2023 la jefatura de la OCMA remitió a la JNJ el registro de las investigaciones que tenía en esa instancia Benavides Vargas. 34 expedientes abiertos, de los cuales 7 correspondían a quejas de partes, 16 a investigaciones, 10 a visitas y 1 a un cuaderno de apelación. De los 34 expedientes registrados, 15 fueron originados y tramitados en la ODECMA en Lima y 19 se originaron en la Oficina Suprema de Control.

Por esos años en que la jueza Enma repartía sentencias absolutorias al por mayor, muchos la recuerdan enfundada en abrigos de piel y con carteras Louis Vuitton al hombro y bien perfumada, como quien se va de fiesta y no a la sede judicial, su centro de trabajo, donde debía impartir justicia.

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